
Las acciones
Las acciones se definen como una parte alícuota del capital de las sociedades anónimas, es decir de las sociedades que dividen su capital en partes iguales que pueden transmitirse y negociarse.
El poseedor de una acción tiene derecho a participar en las decisiones que tienen que adoptar los accionistas de la sociedad y a percibir las rentas que se decidan repartir por la vía de los dividendos principalmente o por otras vías de remuneración al accionista, como los derechos preferentes de suscripción en las ampliaciones de capital, así como a estar informado sobre la marcha de la sociedad.
En definitiva, las acciones son títulos valores representativos de derechos y obligaciones que utorgan una cuota de participación en la sociedad.
Representación de las acciones
Las acciones pueden estar representadas por medio de títulos o por anotaciones en cuenta y, en cualquier caso, se consideran valores mobiliarios.
Los títulos pueden ser nominativos o al portador y serán siempre nominativos hasta que estén totalmente desembolsados o falte por cumplir algún requisito de su emisión.
Las acciones representadas por medio de anotaciones en cuenta se rigen por la normativa reguladora del mercado de valores.
Las acciones tienen que estar en unos libros de registro que pueden ser con soporte tradicional o electrónico en donde se anotará todo lo relacionado sobre la titularidad de la acción, como transmisiones, cesiones etc.
Clases de acciones
Las clases de acciones se pueden ver en «Tipos de acciones«, a donde nos remitimos para su explicación, si bien cabe indicar las distintas clases de acciones:
- acciones ordinarias o comunes
- acciones preferentes o privilegiadas
- acciones sin derecho de voto
- acciones con derecho de voto
- acciones rescatables
- acciones liberadas
- Acciones a la par
- Acciones con prima de emisión
- acciones al portador
- acciones nominativas
Datos a consignar en las acciones
En las acciones debe figurar:
- Datos identificativos: la denominación y domicilio de la sociedad, los datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil y el número de identificación fiscal,
- El valor nominal de la acción, su número, la serie a que pertenece y, en el caso de que sea privilegiada, los derechos especiales que otorgue.
- Si es una acción nominativa o al portador.
- Las restricciones a su libre transmisibilidad, si existiesen.
- La parte desembolsada o la indicación de estar la acción completamente liberada.
- Las prestaciones accesorias, en el caso de que las lleven aparejadas.
- La firma de uno o varios administradores, que puede ser mecánica cumpliendo una serie de requisitos ante notario.
Renta de las acciones
La renta por excelencia de las acciones son los dividendos que son el reparto de los beneficios que se distribuyen entre los socios de forma que cada acción tiene una parte del resultado del ejercicio que se decide distribuir en la junta general de accionistas en donde se aprueban las cuentas y se decide que parte del resultado se destinaa reservas o se reparte entre los socios.
Adicionalmente, otra forma de retribuir al accionista es mediante ampliaciones de capital liberadas, por las cuales se emiten nuevas acciones que no exigen desembolso por parte de los accionistas. Son como acciones regaladas aunque en este caso suelen tener un efecto dilución.
Ultimamente, se realiza con mucha frecuencia una fórmula mixta denominada scrip dividendo que consiste en dar la opción a los accionistas para cobrar el dividendo en acciones o en efectivo. Véase QUE ES SCRIP DIVIDEND.
Valor de la acción
Al hablar del valor de la acción hay que distinguir entre los siguientes valores:
a) El valor nominal es el valor que toman las acciones desde el inicio, aunque excepcionalmente se puede cambiar, y es cada una de las partes del capital social. Cada acción representa una parte alicuota del capital y todas son iguales.
b) El valor de emisión es el valor al que se emiten las acciones. En el momento de la constitución coincide con el valor nominal pero en las ampliaciones de capital puede ser un valor superior porque se incrementa una prima de emisión para compensar parcial o totalmente las reservas constituidas por la sociedad.
c) El valor teórico de la acción es el valor contable, que también se denomina el valor en libros, es el valor que de acuerdo con los principios contables tiene la acción en ese momento. Se calcula dividiendo el valor del Patrimonio neto entre el número de acciones.
Valor teórico de la acción = Patrimonio Neto / Número de acciones
Para el ejemplo que utilizamos para explicar el efecto dilución de las ampliaciones de capital, el valor teórico de la acción es de 1,5 euros, ya que el Patrimonio Neto es de 300 mill. euros y el Número de acciones es 200 mill.
V.T.A. = 300/200= 1,5 euros/acción
c) El valor de adquisición o de coste de la acción es el valor al que se compraron las acciones. Al contrastar este valor con el de venta se sabe si se ha obtenido beneficio o pérdida y, en consecuencia es una referencia a efectos de declaración de impuestos por el tema de las plusvalías o minusvalías. El valor de adquisición de las acciones se reduce cuando se venden derechos de suscripción preferente en las ampliaciones de capital.
d) El valor de mercado es el valor al que se pueden vender las acciones en ese momento y fluctua con el cruce de la oferta y la demanda de esa acción. En las sociedades que cotizan en bolsa es el valor de cotización o bursátil.