FASB Statement FAS 157, el valor razonable y los resultados empresariales. Polémica norma contable y crisis
La normativa contable no está exenta de su responsabilidad en esta crisis financiera, según la opinión de muchos y, en especial, del gobierno de Estados Unidos. En mi opinión el problema no está en la norma sino en los diagnósticos que se hacen de los estados contables aunque la norma, sin lugar a dudas, sea mejorable.
En el centro de la polémica está una norma que afecta especialmente a los bancos. El FASB Statement of Financial Accounting Standards No. 157, Fair Value Measurements (FAS 157) les obliga a que valoren sus activos a precios de mercado, atendiendo a tres niveles o situaciones diferentes de requerimientos de cálculo en el valor razonable. Su aplicación se produjo a mitad de noviembre de 2007 y supuso una valoración de los activos inferior. Esta pérdida de valor se ha visto incrementada sucesivamente a medida que la crisis y la situación de las subprimes ha ido avanzando.
Ello motivó que en octubre de 2008 se solicitase a la SEC y al FASB un estudio sobre el efecto de aplicar estas normas contables de valorar a mercado (mark to market). El resultado del informe recomendó mejorar su aplicación especialmente por las situaciones de activos ilíquidos y en la determinación de riesgos y los modelos de cálculos del deterioro. Para ello recomiendan el desarrollo de guías y otras herramientas para determinar el valor razonable cuando la información relevante del mercado no sea disponible en mercados ilíquidos o inactivos. En concreto plantean guiar en
- Cómo determinar el valor razonable cuando los mercados llegan a estar inactivos y si una transacción o grupo de ellas son forzadas.
- Cómo se debería estimar el impacto de un cambio en el riesgo de crédito sobre el valor de una activo o pasivo.
- Cuándo debería la información observable de mercado ser complementada y/o la confianza puesta sobre información no observable en el formato de estimaciones de la dirección.
- Cómo confirmar que las premisas empleadas son aquellas que se emplearían por los participantes en el mercado y no sólo por una entidad concreta.
El informe completo está en : http://www.sec.gov/news/studies/2008/marktomarket123008.pdf
A raiz del citado informe y por presiones del G20, se han producido cambios con su consiguiente efecto sobre la voloración de activos y pasivos y, por tanto, sobre el resultado. Inicialmente, se autorizó a la SEC a no aplicar el mark to market en instrumentos financieros cuando lo considere necesario y recientemente se ha modificado el FAS 157 suavizando la normativa en la determinación del valor razonable y permitiendo valorar por el coste amortizado en algunos casos, así como cambiando las circunstancias de reclasificación de activos mantenidos para la venta y sus implicaciones sobre el resultado.
Desde luego es un tema polémico. Considero muy valioso que se haya avanzado en las guías para determinar el valor razonable, en general, pero especialmente para activos no líquidos. Sin embargo considero un error el creer que la normativa contable pueda tener responsabilidad en la crisis, ya que la Contabilidad se limita a “medir o valorar” de acuerdo con una serie de criterios. El problema, como ya he indicado en varias ocasiones, está en la interpretación que se hace de esos estados contables. La interpretación debe saber cómo se mide y qué mide. A partir de ahí está el diagnóstico de la situación. Este, logicamente, no surge de una lectura directa e inmediata de los estados contables.
Ver además, las siguientes entradas:
Earnings Season – Temporada de Balances II en Phantonomics
Crisis económica, crisis de modelos y de valoración en hablando de bolsa











Amigo, quisiera reproducir su artículo como apoyo a una entrada de mi blog.
http://phantonomics.blogspot.com/2009/05/earnings-season-temporada-de-balances.html
Alli hago referencia a la FASB 157 y su explicación sería muy útil para los lectores.
Cuento con su aprobación?
Desde ya muchas gracias!
Por supuesto y encantado de encadenar ambas entradas ya que son totalmente complementarias. Voy a poner un link en tu artículo que me parece muy interesante y confirma que los cambios en la normativa han mejorado los resultados y/o sus expectativas pero insisto que el problema no es la norma sino quienes la interpretan
Un abrazo, amigo
Me parece muy válida tu postura en que los cambios de normativa son de gran utilidad, sobre todo a aquellos países que están convergiendo como lo es Chile. Ahora bien, efectivamente el problema está en la interpretación de los informes, pero que pasa con aquellos usuarios que sólo disponen de los estados financieros, me refiero principalmente al Balance General, como logran determinar ellos si efectivamente de está valorizando a valor razonable los activos, y de ser así que método se está utilizando, si es valor de mercado, flujos de caja esperados o costo de reposición. A menos que cuenten con las notas explicativas y que estás detallen lo realizado, se puede hacer un análisis razonable y por sobre todo comparable en el tiempo.
Saludos y muy bueno tu aporte
Felipe
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