El efecto dilución y los derechos de suscripción: iniciación. Explicación de como se produce el efecto dilucion en las ampliaciones
Algunos compañeros se preguntan por el sentido de los derechos preferentes de suscripción y su cálculo, así como por el efecto dilución de las ampliaciones. A ellos va dirigido y dedicado este post. ;-))
En este momento, el valor teórico de la acción sería de 2 euros (200/100)porque ha ido generando recursos y consecuentemente, la acción ha aumentado de valor real (no nominal)
A partir de esa situación, realiza una ampliación de capital de 100 millones de nuevas acciones a la par, esto es emitiéndolas por el valor nominal (1 euro). Dicho de otra forma, se trata de una ampliación en la relación 1×1, una acción nueva por cada acción antigua, debiéndose suscribir cada acción nueva por un euro. Ello implica que:
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a) el activo se incrementa en 100 millones de euros por el cobro (o derecho de cobro) que se tiene de los accionistas.
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b) el pasivo exigible no se altera.
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c) el patrimonial neto aumenta en 100 millones euros reflejando ese incremento de valor por la aportación de los socios. En total quedaría la siguiente situación:
El nuevo Valor Teórico de la Acción después de la ampliación pasa a ser 1,5 euros
Patrimonio Neto: 300 mill. euros (200 de antes de la ampliación + 100 por la ampliación) Número de acciones: 200 mill. (100 antes de la ampliación + 100 por la ampliación)
V.T.A. = 300/200= 1,5 euros/acción.
El resultado de la ampliación se podría sintetizar indicando que ha incrementado el patrimonio y el número de acciones, pero ha disminuido el Valor Teórico de la Acción, por la lógica razón de que se inyectan acciones nuevas por un valor inferior al que existía previamente a la ampliación. Este es el conocido y muchas veces mencionado efecto dilución.
Ante este tipo de ampliaciones, los derechos preferentes de suscripción son un mecanismo de protección para el accionista. Quien tuviese en su cartera acciones de esta sociedad antes de la ampliación, las tendría valoradas a 2 euros cada una, mientras que tras la ampliación pasarían a valer 1,5 euros teóricamente. ¿Un nuevo accionista podría comprar, sin mas, acciones que se emiten a 1 euro, cuando su valor es 1,5 euros? Naturalmente la respuesta está en la existencia de los derechos preferentes de suscripción.
El derecho de preferencia de los accionistas a suscribir las nuevas acciones es una forma de protegerlos. Un accionista que utiliza sus derechos de preferencia y suscribe todas las acciones que le corresponde, mantiene su misma participación en el capital de la empresa antes y después de la ampliación de capital y compensa el valor de sus acciones
Ahora bien, si no desea acudir a la ampliación, el efecto dilución lo compensa vendiendo los derechos preferentes de suscripción. En este sencillo ejemplo, 1 acción antigua daría derecho a suscribir 1 acción nueva, en consecuencia, el valor teórico que el accionista daría a la venta de ese derecho sería de 0,5 euros, con el fin de compensar la pérdida de valor de su acción desde 2 euros a 1,5 euros.
Un nuevo accionista, si quiere entrar, tendría que adquirir los derechos para poder suscribir las acciones. Siguiendo el ejemplo anterior, en esa ampliación de relación 1 x 1, debería adquirir un derecho para suscribir una acción. El coste del derecho sería 0,5 y el de la acción 1 (el valor de emisión) y, por tanto, se equilibra la situación porque el coste total sería de 1,5, lo mismo que valen las acciones teóricamente.
Por tanto, puede deducirse que el valor teórico del derecho es la diferencia entre el valor teórico antes de la ampliación (V.T.A.a) y el valor teórico después de la ampliación (V.T.A.d)La fuente para realizar este post ha sido:
José L. Wanden-Berghe, “Manual de Contabilidad General: Fundamentos y Casos Prácticos”, Editorial Pirámide











